Micelio
Auto13 de marzo de 2024

A- de 2024

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Bayter Jelkh Raul

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Adicion De Auto De La Corte Constitucional
  • Se rechaza por improcedente debido a la falta de legitimación del solicitante
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Por medio del Auto 2286 de 2023, esta Corte resolvió el conflicto entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Santa Marta y el Tribunal Administrativo del Magdalena, y declaró que le corresponde al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Santa Marta, conocer la demanda presentada por el señor Raúl Bayter Jelkh, en contra de Promigas.

El 11 de diciembre de 2023, la Secretaría General de la Corte remitió al despacho una solicitud de adición suscrita por el señor Raúl Bayter Jelkh.

Al respecto, se solicitó al despacho que se pronunciara sobre (i) el momento procesal a partir del cual el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Santa Marta debe continuar con el curso del proceso; (ii) la legislación aplicable al asunto en cuestión; y (iii) los efectos de la prorrogabilidad de la competencia y la validez de las pruebas decretadas y practicadas por parte de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

La Sala responde mencionando como fundamento los artículos 243 de la Constitución, sobre la cosa juzgada constitucional, el 241 sobre seguridad jurídica, los artículos 285, 286 y 287 del Código General del Proceso sobre la posibilidad excepcional de aclaración, corrección y adición de las providencias cuando incurre en ciertos yerros, y, respecto de esta última indica que, “los autos solo podrán adicionarse de oficio dentro del término de su ejecutoria, o a solicitud de parte presentada en el mismo término” y de acuerdo con la jurisprudencia, cumplir con algunos requisitos como la legitimación, oportunidad y la carga argumentativa.

En este caso, la Corte considera que la solicitud de adición presentada por el señor Raúl Bayter Jelkh, no cumple el requisito de legitimación.

Esto, pues las partes de los procesos en los cuales se suscita un conflicto entre jurisdicciones no tienen la potestad para cuestionar la providencia a través de la cual se resuelven ese tipo de controversias.

En tanto los conflictos de competencia entre jurisdicciones ocurren cuando por lo menos dos autoridades judiciales reclaman para sí o niegan el conocimiento de un proceso, tan solo en ellas recaería la eventual posibilidad de cuestionar lo decido.

En tal situación, la Corte resuelve Rechazar la solicitud de adición presentada por el señor Raúl Bayter Jelkh al Auto 2286 de 2023, por incumplir con el requisito de legitimación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR la solicitud de adición presentada por el señor Raúl Bayter Jelkh al Auto 2286 de 2023, por incumplir con el requisito de legitimación.
  2. Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
  3. Tercero. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente providencia al peticionario.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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